Ley del Ministerio de Salud
LEY Nº 27657
(*) De conformidad con la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27813, publicada el 13-08-2002, se dispone que toda mención al Sistema Nacional de Salud, se entenderá referida al Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.
CONCORDANCIAS: D.S.N° 013-2002-SA (REGLAMENTO)
D.S. N° 014-2002-SA (R.O.F)
R.S. Nº 007-2002-SA
D.S N° 011-2002-SA
R.M. N° 1682-2002-SA-DM
R.M. N° 223-2003-SA-DM
D.S. N° 007-2003-SA
R.M. N° 485-2003-SA-DM
R.M. N° 987-2003-SA-DM
R.M. N° 769-2004-MINSA
R.M. N° 771-2004-MINSA
R.M. N° 510-2005-MINSA (Aprueban Manual de Salud Ocupacional)
R.M. N° 557-2005-MINSA (Procedimientos y Lineamientos en la Vigilancia de Febriles y Casos Probables de Dengue en el Perú)
Ley N° 28611, Art. 28
D.S. Nº 021-2005-SA (Aprueban creación del Sistema Nacional de Articulación de Docencia – Servicio e Investigación en Pregrado de Salud)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DEL MINISTERIO DE SALUD
(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)