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DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2015-MDPP. Aprueban la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del distrito

(Fecha de Publicación: Jueves 09 de abril de 2015)

 

 

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA

 

Aprueban la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del distrito

 

DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2015-MDPP

 

Puente Piedra, 23 de marzo del 2015

 

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA

 

VISTO: El Informe Nº 45- 2015-SGLP-GGA/MDPP de la Subgerencia de Limpieza Publica, el Memorándum Nº 0237-2015-GGA/MDPP de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Informe Nº 90-2015 -GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo I y II del Titular Preliminar de la Ley Nº 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

 

Que , el numeral 22 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

 

Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el artículo 80 que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios;

 

Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065 establece como competencia de las municipalidades distritales y provinciales, en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de limpieza de las vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción;

 

Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, aprobó la Política del Ambiente, prescribe, en el Eje de la Política, 2; Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Sólidos, como un lineamiento de Política del sector, fortalecer la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos del ámbito municipal, priorizando su reaprovechamiento;

 

Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales y la ejecución del gasto de inversión y la reducción de los índices de la desnutrición crónica infantil a nivel nacional;

 

Que, la segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza el Ministerio de Economía y Finanzas a financiar el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal;

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI-2015), el cual dispone en el artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos. Asimismo, en sus anexos Nº 02 y Nº 04 se establece las metas que deben cumplir;

 

Que el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los Decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;

 

Que, mediante el informe Nº 45-2015-SGLP-GGA/MDPP, la Subgerencia de Limpieza Pública, informa que viene elaborando de manera progresiva el instrumento de gestión durante el presente año el cual adjunta con la finalidad de ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía tal como se indica en el instructivo para el cumplimiento de la Meta 01 Implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos elaborado por el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Decreto Supremo Nº 033-2015-EF enmarcado en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI 2015) de acuerdo al Instructivo del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva en el anexo Nº 01 en el ítem. 4.1 la Implementación del Programa de segregación se apruebe mediante Decreto de Alcaldía;

 

Que, mediante el Memorándum Nº 0237-2015-GGA/MDPP, la Gerencia de Gestión Ambiental informa que el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal se aprueba los procedimientos de las metas por el Decreto Supremo Nº 033-2015-EF, asimismo se indica que de acuerdo al anexo Nº 01 en el ítem 4.1 la Implementación del Programa de segregación se apruebe mediante Decreto de Alcaldía;

 

Que, mediante informe Nº 090-2015-GAJ-MDPP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios 2015 propuesto por la Gerencia de Gestión Ambiental debe ser aprobado por Decreto de Alcaldía;

 

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el Artículo 20 numeral 6) de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;