///

DECRETO SUPREMO Nº 053-2005-PCM. Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28305 – Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados

(Fecha de Publicación: Jueves, 28 de julio de 2005)

 Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28305 – Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados

 DECRETO SUPREMO Nº 053-2005-PCM

 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2007-PCM, publicada el 01 marzo 2007, se amplía de manera excepcional el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, por treinta (30) días, a partir de la publicación del citado Decreto Supremo, para los usuarios de kerosene a nivel nacional que no se encuentran ubicados en Zonas Sujetas a Régimen Especial.

 (*) De conformidad con el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 015-2007-PCM, publicada el 01 marzo 2007, se amplía el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento por sesenta (60) días, a partir de la publicación del citado Decreto, para los usuarios comerciantes minoristas de insumos químicos y productos fiscalizados, ubicados en las Zonas Sujetas a Régimen Especial.

 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 022-2007-PCM, publicado el 16 marzo 2007, se amplía de manera excepcional hasta el 31 de mayo del 2007, el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, para los usuarios de kerosene a nivel nacional.

 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 048-2007-PCM, publicado el 31 mayo 2007, se amplía de manera excepcional hasta el 31 de agosto de 2007, el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, para los usuarios de kerosene a nivel nacional.

 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 078-2007-PCM, publicado el 05 septiembre 2007, se amplía hasta el 30 de octubre de 2007 el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, aprobado por el presente Decreto, para los usuarios de kerosene de aviación (turbo para aviación) a nivel nacional.

 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 087-2007-PCM, publicado el 30 octubre 2007, se amplía hasta el 30 de noviembre de 2007 el plazo de adecuación a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, aprobado por el presente Decreto, para los usuarios de kerosene de aviación (turbo para aviación) a nivel nacional.

 (*) El Anexo del presente Decreto Supremo se publicó el 07 Agosto 2005.

 CONCORDANCIAS:            D.S. N° 030-2009-PRODUCE (TUO DE LA LEY N° 28305)

                                   Ley N° 29037 (Ley  que modifica la Ley Nº 28305, Ley de control de insumos químicos y productos fiscalizados, modifica los artículos 296 y 297,

                                    y adiciona el artículo 296-B al Código Penal, sobre delito de tráfico ilícito de drogas)

                                   R.M. Nº 0501-2010-IN-1101 (Autorizan transferencia de hipoclorito de sodio al Hospital Regional PNP “Augusto B. Leguía”)

 DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28305 LEY DE CONTROL DE INSUMOS QUÍMICOS Y PRODUCTOS FISCALIZADOS

             EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

             CONSIDERANDO:

             Que, mediante la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, se establecieron medidas de control y fiscalización de los insumos químicos y productos que directa o indirectamente puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a través de procesos de síntesis;

             Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ley Nº 28305, prevé que el Ministerio del Interior y el Ministerio de la Producción, en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de Vida Sin Drogas, elaborarán el Reglamento, el que ha sido elevado para su debida aprobación;

             De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el inciso 2) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;

             DECRETA:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)