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R..Cons.Dir. OSINERGMIN 021-2010-OS-CD. Aprueban “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas”

(Fecha de Publicación: Viernes, 19 de febrero de 2010)

 Aprueban “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas”

 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 021-2010-OS-CD

 

            Lima, 9 de febrero de 2010

 

            VISTO:

 

            El Memorando Nº GFE-128-2010 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la aprobación de la publicación del “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas”; y,

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y las normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios;

 

            Que, el artículo 22 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a través de resoluciones;

 

            Que según lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora;

 

            Que, el inciso e) del artículo 5 de la Ley Nº 26734, Ley de Creación de OSINERGMIN, establece como función el “Fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos”. Asimismo, el inciso e) del artículo 31 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas establece la obligación de las empresas de cumplir con las disposiciones del Código Nacional de Electricidad y demás normas técnicas aplicables. Entre estas normas se encuentra el “Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas” -RESESATAE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 161-2007-MEM/DM, la cual regula la seguridad y salud en el trabajo de las actividades eléctricas;

 

            Que, en ese contexto, es necesario que OSINERGMIN cuente con un procedimiento que permita supervisar y fiscalizar la gestión de la seguridad y salud en el trabajo de las actividades eléctricas a cargo de las entidades del sector eléctrico, con la finalidad de proteger y preservar la integridad psico-física de los trabajadores a su cargo, de los contratistas y subcontratistas;

 

            Que, en ese sentido, OSINERGMIN prepublicó el 04 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial El Peruano el “Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas”, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del público en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposición de motivos de la presente Resolución;

 

            De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 25 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM;

 

            Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, Gerencia Legal y de la Gerencia General.

 

            SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)