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R.J. 024-2010-INEI. Adoptan la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU Revisión 4) en la elaboración de estadísticas oficiales.

(Fecha de Publicación: Viernes, 29 de Enero de 2010)

 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

 Adoptan la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU Revisión 4) en la elaboración de estadísticas oficiales

 

RESOLUCION JEFATURAL Nº 024-2010-INEI

 

            Lima, 26 de enero de 2010

 

            Visto, la propuesta de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, sobre la modificación de la Resolución Jefatural Nº 256-2009-INEI.

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, el Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, prescribe que el Sistema Nacional de Estadística tiene por finalidad, asegurar que las actividades estadísticas se desarrollen en forma integrada, coordinada, racionalizada y bajo una normatividad técnica común, contando para ello con autonomía técnica y de gestión; asimismo, prescribe que funcionalmente el Sistema Nacional de Estadística, opera a nivel sectorial;

 

            Que, el artículo 9 del referido Decreto Legislativo Nº 604, establece como una de sus funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los órganos del Sistema;

 

            Que el INEI, en el marco de las actividades realizadas para la elaboración de las Cuentas Nacionales con un nuevo año base, siguiendo la recomendación de la Comisión de Estadística de Naciones Unidas, ha adoptado la utilización de la cuarta revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – versión definitiva – aprobada en el año 2008, para tipificar la actividad económica de las empresas y sus establecimientos; permitiendo establecer y consolidar un esquema conceptual uniforme para relevar información a nivel de empresas y establecimientos productivos de bienes y servicios, basado en los requerimientos del Sistema de Cuentas Nacionales y en la demanda de los requerimientos de información sectorial;

 

            Que, precisamente el Instituto Nacional de Estadística e Informática, viene efectuando coordinaciones con los Organismos Gubernamentales, vinculados con la producción de estadísticas oficiales, para la aplicación de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas, con la finalidad de mantener y garantizar la confiabilidad, homogeneidad y comparabilidad internacional de la información que se elabora en el ámbito del Sistema Estadístico Nacional (SEN);

 

            Que, para tal efecto resulta necesario conformar un Comité Técnico, en el marco del Sistema Estadístico Nacional, encargado de coordinar en el Sector Público, la adecuación e implementación de la cuarta revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas, en la producción de estadísticas oficiales del país, por considerarlo un instrumento básico que facilita la comparabilidad regional, nacional e internacional de sus resultados;

 

            Que, en el marco del mencionado Comité, se tratarán temas relacionados a la actualización y mantenimiento del Directorio de Empresas y Establecimientos en base a investigaciones estadísticas y Registros Administrativos, a efectos que se cuente con un directorio marco único a nivel del Sistema Estadístico Nacional (SEN), siendo una de las variables relevantes para determinar la actividad económica que realizan las empresas y sus establecimientos, el Código CIIU Rev.4, cuya asignación y registro oficial corresponde al INEI;

 

            Que, la adopción y adaptación de la CIIU Rev. 4, permitirá a su vez, la elaboración del “Directorio Nacional de Empresas y Establecimientos por Actividad Económica del País”, cuya actualización permanente, facilitará conformar el marco estadístico para el planeamiento y ejecución de la Encuesta Económica Anual y otras investigaciones estadísticas;

 

            Que, mediante Resolución Jefatural Nº 256-2009-INEI, de 15 de setiembre de 2009, se constituyó una Comisión Multisectorial que se encargue de la adopción de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU Rev. 4). Dicha Comisión considera que las labores que vienen desempeñando son de carácter técnico, que corresponde a un Comité Técnico en el ámbito del Sistema Estadístico Nacional – SEN, toda vez que como Comisión Multisectorial puede dar lugar a confusiones con las Comisiones que dispone el Art. 36 de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, por lo que es conveniente dejar sin efecto dicha Resolución;

 

            Con las opiniones técnicas de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales, con las visaciones del Sub Jefe de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;

 

            En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

 

            SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)