R.J. Nº 058-2016-SENACE/J.- Aprueban el documento técnico normativo denominado “Medidas complementarias para la elaboración de estudios ambientales a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace”

(Fecha de Publicación: Jueves, 19 de mayo de 2016)

 

 

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACION AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES

 

Aprueban el documento técnico normativo denominado “Medidas complementarias para la elaboración de estudios ambientales a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE”

 

RESOLUCION JEFATURAL Nº 058-2016-SENACE-J

 

                Lima, 18 de mayo de 2016

                VISTO: El Informe Nº 034-2016-SENACE/DGE-UTN emitido por la Unidad Técnico Normativa de la Dirección de Gestión Estratégica; el Memorando Nº 137-2016-SENACE/DGE emitido por la Dirección de Gestión Estratégica; y el Informe Nº 109-2016-SENACE-SG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

                CONSIDERANDO:

                Que, a través de la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace (en adelante, la Ley), como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente;

                Que, el Senace forma parte del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA y de acuerdo la Ley se encarga de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias, que comprenden los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multiregional que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos; así como, de formular propuestas para la mejora continua de los procesos de evaluación de impacto ambiental, incluyendo a los mecanismos de coordinación gubernamental y las buenas prácticas de relaciones comunitarias y de participación ciudadana;

                Que, los literales p) y q) del artículo 5 de la Ley establecen como funciones del Consejo Directivo la aprobación de mecanismos de simplificación y de documentos de gestión, guías y normas para la implementación del Senace, respectivamente;

                Que, mediante Acuerdo Nº 2 del Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo Nº 011/2015 del 2 de noviembre de 2015, se delegó en el Jefe del Senace, entre otras, las funciones establecidas en los literales p) y q) del artículo 5 de la Ley; precisándose que dicha delegación incluye la emisión de normas procedimentales y operativas;

                Que, adicionalmente, los literales j), k) y p) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM, establecen como funciones del Jefe del Senace: (i) aprobar guías y normas o propuestas normativas para la implementación y adecuado desempeño del Senace, de acuerdo a su competencia; (ii) emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades de la institución; y, (iii) velar por la adecuada transparencia en el desarrollo de las funciones del Senace, permitiendo el acceso ciudadano a la información del mismo y su participación en el proceso de certificación ambiental, así como en la evaluación de su desempeño, respectivamente;

                Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, conceptualiza la visión de un Estado moderno orientado al ciudadano, eficiente, unitario y descentralizado, inclusivo y abierto;

                Que, en virtud a la normativa antes expuesta la Unidad Técnico Normativa de la Dirección de Gestión Estratégica ha elaborado el proyecto de documento técnico normativo denominado “Medidas para la optimización de procedimientos y gestión del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles”;

                Que, mediante Resolución Jefatural Nº 027-2016-SENACE-J, publicada en el diario oficial El Peruano el 5 de marzo de 2016, se dispone la publicación del proyecto de documento técnico denominado “Medidas para la optimización de procedimientos y gestión del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles”, a fin de conocer las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de dicha resolución en el diario oficial El Peruano; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;

                Que, mediante Oficio Nº 214-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA del 20 de abril de 2016, la Dirección General de Políticas Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente remite el Informe Técnico Nº 0028-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JCARRERA a través del cual se propone utilizar la denominación “Medidas complementarias para la elaboración de estudios ambientales a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace”;

                Que, el mencionado proyecto normativo contiene un conjunto de medidas de vinculadas: (i) al resumen ejecutivo; (ii) a la difusión de información de los proyectos de información; y, (iii) a la evaluación del estudio de impacto ambiental detallado;

                Que, respecto al resumen ejecutivo, la legislación vigente establece que debe contener los aspectos más relevantes de los EIA-d en lenguaje claro y sencillo, por lo que resulta necesario establecer pautas de redacción y formato para que dicho documento sea redactado de forma accesible para personas no especialistas;

                Que, en relación a la difusión de información de los proyectos, es necesario orientar a los titulares para que elaboren los apoyos visuales utilizados en los talleres participativos o informativos y en las audiencias públicas de forma didáctica y de fácil comprensión; adicionalmente, se debe promover la utilización de materiales informativos voluntarios con posterioridad a la culminación de la evaluación de los EIA-d, a efectos que resuman todas las etapas relevantes de dicho proceso de evaluación, priorizando la información relacionada a la descripción del proyecto, el análisis de impactos ambientales y los principales compromisos asumidos por el titular;

                Que, respecto a las mejoras a la evaluación del EIA-d, se requiere implementar un sistema de control en base a la experiencia, antigüedad y especialidad de los evaluadores del Senace para que todo documento técnico emitido por el Senace relacionado a la evaluación de un EIA-d sea un documento de calidad;

                Que, en virtud a lo dispuesto en el literal d) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; a través del Oficio Nº 299-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA, del 17 de mayo de 2016, la Dirección General de Políticas Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente se otorga la opinión previa favorable al mencionado proyecto normativo;

                Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el documento técnico normativo denominado “Medidas complementarias para la elaboración de estudios ambientales a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace”;

                Con el visado de la Dirección de Gestión Estratégica; Dirección de Certificación Ambiental y la Oficina de Asesoría Jurídica;

                De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace; el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; los literales j), k) y p) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; la Resolución Jefatural Nº 076-2015-SENACE-J, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración, aprobación y actualización de documentos técnicos normativos del Senace”; y en el uso de las facultades delegadas mediante Acuerdo Nº 2 del Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo Nº 011/2015 del 2 de noviembre de 2015;

                SE RESUELVE:

 

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)