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R.M. 072.2008-MINSA. Modifican la Norma Técnica de Salud NTS Nº 050-MINSA-DGSP-V.02 Norma Tec. de Salud para la acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo

Modifican la Norma Técnica de Salud NTS Nº 050-MINSA/DGSP-V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 072-2008-MINSA

 

            Lima, 8 de febrero de 2008

 

            Visto el Expediente Nº 08-004061-001, que contiene el Memorándum Nº 0182-2008-DGSP/MINSA;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, mediante Resolución Ministerial Nº456-2007/MINSA del 4 de junio de 2007 se aprobó la NTS Nº 050-MINSA/DGSP-V.02: “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”;

 

            Que, la mencionada norma técnica, tiene como finalidad contribuir a garantizar a los usuarios y al sistema de salud, que los establecimientos de salud o servicios médicos de apoyo, según su nivel de complejidad, cuentan con capacidades para brindar prestaciones de calidad sobre la base del cumplimiento de estándares nacionales previamente definidos;

 

            Que, el proceso de Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo se orienta por el principio de gradualidad, por el que se somete a ajustes periódicos que expresen una adecuada interrelación entre los diversos agentes del sistema de salud, orientándose a niveles de mayor exigencia que mejoren la imparcialidad y autonomía del proceso;

 

            Que, en ese marco se requiere incorporar en el contenido de la precitada Norma Técnica de Salud, modificaciones que precisen la participación de los representantes institucionales del sector salud en la Comisión Nacional de Acreditación de Servicios de Salud y Comisión Regional Sectorial de Acreditación de Servicios de Salud;

 

            Con las visaciones, del Director General de la Dirección General de Salud de las Persona, de la Directora General de la Dirección General de la Oficina General de Asesorìa Jurídica, y del Viceministro de Salud; y,

 

            De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8 de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)