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R.M. 179-2005-MINSA. Aprueban Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias

(Fecha de Publicación: Viernes, 11 de marzo de 2005)

 Aprueban Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2005-MINSA

 CONCORDANCIAS:           R.M. N° 184-2009-MINSA (Aprueban “Directiva Sanitaria para la Supervisión del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Infecciones Intrahospitalarias”)

             Lima, 8 de marzo de 2005

             Visto el OFICIO Nº 01733-2004-OGE-OEVE/MINSA, de la Oficina General de Epidemiología;

             CONSIDERANDO:

             Que las infecciones intrahospitalarias constituyen un problema de salud pública, en razón de estar asociadas a un incremento de la morbilidad y mortalidad hospitalaria, además de causar una prolongación de la estancia y elevar los costos hospitalarios;

             Que ante esta situación, y a efecto de prevenir y controlar dichas infecciones, por Resoluciones Ministeriales Nº 1472-2002-SA/DM, Nº 452-2003-SA/DM, Nº 217-2004-SA/DM y Nº 753-2004-SA/DM, se aprobaron los siguientes documentos técnicos: «Manual de Desinfección y Esterilización Hospitalaria», «Manual de Aislamiento Hospitalario», «Norma Técnica de Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios» y «Norma Técnica de Prevención y Control de las Infecciones Intrahospitalarias»;

             Que dentro de este contexto, y siendo la vigilancia epidemiológica un elemento relevante para disminuir la incidencia de dichas infecciones intrahospitalarias, es necesario aprobar la «Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias», cuyo objetivo es proporcionar información actualizada sobre la magnitud de estas infecciones y sus diversos factores y, de esta manera, orientar las acciones dirigidas a la disminución de los daños que causan las mismas;

             Estando a lo informado por la Oficina General de Epidemiología y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

             Con la visación del Viceministro de Salud; y,

             De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)