RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 152-2011-OS-CD. Modifican la base legal del numeral 1.9 del Rubro A de la Res. Nº 286-2010-OS/CD que aprueba la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Seguridad y Salud Ocupacional para las Actividades Mineras

(Fecha de Publicación: Viernes, 19 de agosto de 2011)

 Modifican la base legal del numeral 1.9 del Rubro A de la Res. Nº 286-2010-OS/CD que aprueba la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Seguridad y Salud Ocupacional para las Actividades Mineras

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 152-2011-OS-CD

             Lima, 11 de agosto de 2011

             VISTO:

             El Memorándum GFM-549-2011 de la Gerencia de Fiscalización Minera, por el cual se remite la propuesta de modificación de la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN 286-2010-OS/CD, que aprobó la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Seguridad y Salud Ocupacional para las Actividades Mineras;

             CONSIDERANDO:

             Que, según lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, así como aprobar la Escala de Multas y Sanciones;

             Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-EM, publicado el 22 de agosto de 2010, se ha aprobado el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional;

             Que, en cumplimiento a lo previsto en la Disposición Complementaria Transitoria Tercera del Decreto Supremo Nº 055-2010-EM, modificada por el Decreto Supremo Nº 060-2010-EM; mediante Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 286-2010-OS/CD, se aprobó la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Seguridad y Salud Ocupacional para las Actividades mineras;

             Que, conforme al artículo 13 de la Ley Nº 28964, para el ejercicio de las funciones de fiscalización y supervisión de las actividades mineras, el Consejo Directivo de OSINERGMIN está facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas;

             Que, conforme al artículo 22 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSINERGMIN a través de resoluciones;

             Que, la Gerencia de Fiscalización Minera ha presentado el proyecto de Resolución que modifica la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 286-2010-OS/CD con respecto a la base legal del numeral 1.9 del Rubro A: Incumplimiento de normas sobre avisos, informes, estadísticas y otros, señalando que corresponde incorporar el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 016-2009-EM y el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 074-2009-EM, relacionados con la obligación del informe de auditoría de seguridad anual;

             Que, vista la propuesta presentada por la Gerencia de Fiscalización Minera con opinión favorable de la Gerencia Legal.

 Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)