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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1075-2016-MTC-16.

Aprueban “Lineamientos para la Elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1075-2016-MTC-16

 

Lima, 30 de diciembre de 2016

 

Visto, el Informe Técnico Nº 390-2016-MTC/16.01. MLPB, de fecha 27 de diciembre de 2016, mediante el cual la Dirección de Gestión Ambiental solicita la aprobación de unos nuevos “Lineamientos para la Elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”, a fin de que sea evaluado; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, señala en el artículo 17 que los instrumentos de gestión ambiental podrán ser de planificación, promoción, prevención, control, corrección, información, financiamiento, participación, fiscalización, entre otros, dentro de los cuales, se considera a los Planes de Contingencia. Del mismo modo, el numeral 83.2 del artículo 83, refiere que el Estado debe adoptar medidas normativas, de control, incentivo y sanción, para asegurar el uso, manipulación y manejo adecuado de los materiales y sustancias peligrosas, cualquiera sea su origen, estado o destino, a fin de prevenir riesgos y daños sobre la salud de las personas y el ambiente;

 

Que, mediante Ley Nº 28256, Ley que Regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, se tiene por objeto regular las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de los materiales y residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y de protección de las personas, el ambiente y la propiedad;

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos , el cual señala en su Cuarta Disposición Complementaria, que en tanto no se cuente con normas para elaboración de planes de contingencia para el transporte de materiales y residuos peligrosos, el transportista contará con un plan de contingencia elaborado de acuerdo con lineamientos que apruebe la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de acuerdo a sus requerimientos operativos. Adicionalmente, el artículo 22 del mismo texto dispone que cuando se trate del servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, el plan de contingencia será aprobado por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales-DGASA, disponiendo para tales efectos, los requisitos para su presentación;

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, se dictó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciéndose en su artículo 73, que la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales- DGASA, es un órgano de línea de ámbito nacional que ejerce la Autoridad Ambiental Sectorial y se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte;

 

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 74 de la norma mencionada en el considerando anterior, la DGASA tiene como una de sus funciones específicas la de proponer normas socio ambientales para el Subsector Transportes, así como coordinar con los órganos del Ministerio, así como con otras entidades del Estado, asuntos relacionados con la gestión socio ambiental sectorial;

 

Que, en el marco de sus funciones la DGASA con fecha 24 de abril de 2009, mediante Resolución Directoral Nº 031-2009-MTC-16, aprobó los “Lineamientos para la aprobación de Planes de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”;

 

Que, de conformidad con lo señalado en el Informe Técnico Nº 390-2016-MTC/16.01.MLPB, de fecha 27 de diciembre de 2016, la Dirección de Gestión Ambiental solicita la aprobación de unos nuevos “Lineamientos para la Elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”, que incluyan criterios técnicos de evaluación que permitan al administrado incluir consideraciones especificas relacionadas al control del riesgo, como parte de las actividades de mitigación de derrames u otros, en el transporte de materiales y/o residuos peligrosos; asimismo, indican que los nuevos Lineamientos propuestos constituyen la implementación de criterios de evaluación con índole técnico – ambiental; así como se incluyen aspectos necesarios para la adecuada descripción, identificación y medidas de acción en caso de accidentes ocasionados por el derrame, la combustión u otros factores;

 

Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 414-2016-MTC/16.NYC, de fecha 30 de diciembre de 2016, en el que se indica que resulta procedente y necesario APROBAR nuevos “Lineamientos para la Elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”, los mismos que se enmarcan dentro de lo establecido por la normatividad ambiental y sectorial vigente; y, constituyen el establecimiento de nuevos criterios de evaluación de índole técnico – ambiental e incluyen aspectos necesarios para la adecuada descripción, identificación, y medidas de acción en caso de accidentes ocasionados por el derrame, combustión u otros factores; además se indica que siendo la propuesta normativa de alcance general, esta deberá ser publicada en el Diario oficial El Peruano;

 

Que, en el referido Informe Legal se señala además que resulta procedente derogar la Resolución Directoral Nº 031-2009-MTC-16, emitida con fecha 24 de abril de 2009, mediante la cual se aprobaron los “Lineamientos para la aprobación de Planes de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”, en consideración de los argumentos técnicos y legales señalados en los Informe Técnico y Legal previamente detallados;

 

De conformidad con lo establecido por la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley Nº 27446; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

 

SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)