Aprueban el perfil de competencias del médico ocupacional

(Fecha de Publicación: Viernes, 15 de enero de 2016)

 

 

Aprueban el perfil de competencias del médico ocupacional

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2016-MINSA

 

Lima, 13 de enero del 2016

 

                Visto, el Expediente Nº 14-022010-001, que contiene los Informes Nºs. 002-2014-MISS-DGRH-DT/MINSA, 007-2014-MISS-DGRH-DT/MINSA y 006-2015-MISS-DGRH-DT/MINSA, así como el Memorándum Nº 539-2014-DG-DGRH/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y el Informe Nº 1419-2015-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;

                CONSIDERANDO:

                Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

                Que, el numeral 7 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en recursos humanos en salud;

 

                Que, el artículo 4 de la precitada Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

                Que, el literal e) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1161 establece como función específica del Ministerio de Salud promover y participar en el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud;

                Que, la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia;

                Que, el artículo 8 de la precitada Ley crea el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores, a fin de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo;

 

                Que, con Resolución Ministerial Nº 312-2011-MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Protocolos de Exámenes Médico Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad”, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 004-2014-MINSA y 571-2014-MINSA;

                Que, el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 004-2014-MINSA, dispuso que la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental, el Instituto Nacional de Salud y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, elabore el perfil de competencias del médico ocupacional, el cual debe ser aprobado mediante Resolución Ministerial;

                Que, en virtud de ello, la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos ha elaborado el perfil de competencias del médico ocupacional, en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental, el Instituto Nacional de Salud y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el objetivo de uniformizar los criterios en su formación y responder a las necesidades de los servicios de salud ocupacional, por lo que, resulta necesaria su aprobación;

                Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos;

 

                Que, mediante Informe Nº 1419-2015-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido opinión favorable;

                Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

                De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

                SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)