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Ordenanza No. 001-2009-MDCH. Ordenanza que regula la emisión y persistencia de ruidos nocivos o molestos en el distrito

(Fecha de Publicación: Sábado, 14 de febrero de 2009)

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

 

Ordenanza que regula la emisión y persistencia de ruidos nocivos o molestos en el distrito

 

ORDENANZA Nº 001-2009-MDCH

 

            Chancay, 21 de enero de 2009

 

            EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

 

            POR CUANTO:

 

            El Concejo de la Municipalidad Distrital de Chancay, en Sesión Ordinaria de la fecha;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, se precisa que las Municipalidades son gobiernos locales que emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública distrital en los asuntos de su competencia, compartida y delegadas en el marco de las políticas nacionales, regionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible del distrito, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

 

            Que el artículo 59 de la Ley General del Ambiente aprobada por Ley Nº 28611, determina que los gobiernos locales ejercen sus funciones y atribuciones de conformidad con lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas y lo dispuesto en la presente Ley;

 

 

            Que, según lo establecido en el Art. 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen las siguientes funciones, citando dentro de las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, inciso 3.4. Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el medio ambiente;

 

            Que el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido aprobado por Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, especifica en sus artículos 12 y 23 que las Municipalidades son competentes para elaborar e implementar los Planes de Prevención y Control de la Contaminación Sonora de las actividades domésticas, comerciales y de servicios para no exceder los estándares de calidad de ruido, de conformidad con los lineamientos que para tal fin apruebe el MINAM, así como determinar los límites máximos permisibles de dichas actividades bajo nuestra competencia;

 

            Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por Unanimidad de los miembros del Concejo, la siguiente:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)