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Ordenanza No. 002-2009-MDCH. Aprueban Agenda Ambiental Local Distrital Período 2009-2010

 

(Fecha de Publicación: Sábado, 14 de febrero de 2009)

 

Aprueban Agenda Ambiental Local Distrital Período 2009-2010

 

ORDENANZA Nº 002-2009-MDCH

 

            Chancay, 21 de Enero de 2009

 

            EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

 

            POR CUANTO:

 

            En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, se aprobó la Ordenanza de la Agenda Ambiental Local de Chancay como instrumento que permitirá adecuar la gestión municipal con lo prescrito en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General del Ambiente, a fin de contar con una mejora en la gestión ambiental a nivel local;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, de acuerdo a los artículos 2 y 67 de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente promoviendo el uso racional de los recursos naturales;

 

            Que, conforme el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son gobiernos locales que emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la Gestión Pública Distrital en los asuntos de su competencia, compartida y delegadas en el marco de las políticas Nacionales, Regionales y Sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible del Distrito, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

 

            Que, el artículo 8.2 de la Ley General del Ambiente aprobada por Ley Nº 28611, establece que las políticas ambientales locales se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;

 

            Que, el artículo 73 inciso 3.1) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades por su parte, otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección ambiental;

 

            Que, con la Constitución de la Comisión Ambiental Municipal, conformada por representantes de las organizaciones e instituciones más representativas del Distrito, se inició un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que ha permitido un espacio de discusión de la problemática del distrito y particularmente de la situación ambiental, que tiene como fruto la Agenda Ambiental Local cuyo documento ha sido reconocido en la presente Ordenanza;

 

            Que, el Gobierno Local requiere dotarse de un marco legal claro y específico en materia de gestión ambiental que regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión;

 

            Que, es necesario contar con una Ordenanza Municipal que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones urbanas y rurales, públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores de nuestro Distrito;

 

            Que el artículo 25, numeral 25.1 de la Ley marco que crea el Sistema Nacional de Gestión Ambiental Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de Gestión Ambiental, encargadas de coordinar y concertar la Política Ambiental Municipal, promover el diálogo y el acuerdo entre el sector público y privado, articulando sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Provinciales, Regionales y la Autoridad Nacional Ambiental;

 

            Que, mediante Decreto de Consejo Directivo del CONAM Nº 003-2004-CD/CONAM, se aprobó la guía de Sistema Local de Gestión Ambiental;

 

            Que, la presente Ordenanza, contempla la Agenda Ambiental Local Distrital;

 

            Estando lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por Unanimidad de los miembros del Concejo, la siguiente:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)