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ORDENANZA No. 249-2008-MSI. Aprueban instrumentos de Gestión Ambiental local del distrito.

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

 

Aprueban Instrumentos de Gestión Ambiental local del distrito

 

ORDENANZA Nº 249-MSI

 

            EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO

 

            POR CUANTO:

 

            EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO;

 

            Visto en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de noviembre de 2008, los Dictámenes Nº 069-2008-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Nº 015-2008-CDS/MSI de la Comisión de Desarrollo Social; y

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

 

            Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

 

            Que, la Corporación Edil requiere de un marco legal claro y específico en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión;

 

            Que, resulta necesario aprobar instrumentos de gestión ambiental local en el distrito teniendo en consideración la administración, control, mantenimiento y desarrollo del espacio geográfico y sus vecinos; conscientes de su responsabilidad en la conservación del ambiente y el respeto irrestricto de la vida humana y la sociedad.

 

            Que, según lo establece el Literal “d” del Artículo 49 del Reglamento de la Ley Nº 28245, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, la Comisión Ambiental Municipal tiene entre sus funciones elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales;

 

            Que, la Comisión Ambiental Municipal de San Isidro aprobó por mayoría la Política Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local;

 

            En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9, Inciso 7) y Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)