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ORDENANZA REGIONAL No. 005-2008-CR-GRM. Aprueban la Agenda Ambiental Regional de Moquegua 2008-2009

Aprueban la Agenda Ambiental Regional de Moquegua 2008-2009

 

ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2008-CR-GRM

 

            31 de marzo de 2008

 

            EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA

 

            POR CUANTO:

 

            El Consejo Regional de Moquegua,

 

            Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

 

            VISTO:

 

            En Sesión Ordinaria de Consejo Regional Moquegua de fecha 31 de marzo de 2008, se ha tratado como punto de Agenda el tema denominado: “Aprobación de la Agenda Ambiental Regional 2008-2009”, que es propuesta por el Consejero Regional MVZ Jorge Hitler Vizcarra Mamani, a solicitud de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en uso de las facultades que les confiere el artículo 16 incisos a) y b) de la Ley Nº 27867, artículos 51, 82, 86 del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente; la misma que ha pasado a conocimiento de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; y,

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica, y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

 

            Que, el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, le otorga a los Gobiernos Regionales competencia en materia de Agricultura, Pesquería, Agroindustria, Comercio, Turismo, Energía, Minería, Viabilidad, Comunicaciones, Educación, Salud y Medio Ambiente.

 

            Que, los Gobiernos Regionales en atención a sus competencias constitucionales exclusivas y compartidas, “promueven el uso sostenible de los recursos forestales y de la biodiversidad “ y “gestionan -de manera sostenible- acciones tendientes al mejoramiento de la calidad ambiental, la preservación y administración de las áreas naturales protegidas regionalmente”.

 

            Que, el artículo 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de sus funciones en materia de medio ambiente establece que son competentes para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar políticas y acciones en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; así como implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM (Art. 22 numeral 22.2 de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental), en ese orden el Gobierno Regional de Moquegua, cuenta -dentro de su política Ambiental Regional- con un plan de Acción Ambiental Regional al año 2015.

 

            Que, el Gobierno Regional de Moquegua, busca ante todo contribuir al garantizamiento de un medio ambiente adecuado que permita el desarrollo sostenible, siendo necesario garantizar el proceso de coordinación intersectorial y territorial entre las entidades públicas que poseen competencias ambientales en la región; armonizando sus políticas con la política nacional ambiental en el marco de los objetivos.

 

            Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, tiene por objeto asegurar el cumplimiento más eficaz de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol de las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos o conflictos.

 

            Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en cumplimiento de sus funciones ha remitido al Consejo Regional y a Presidencia Regional la propuesta normativa denominada “Aprobación de la Agenda Ambiental Regional de Moquegua 2008-2009”.

 

            Que, la mencionada agenda recoge los aportes de la sociedad civil, de las organizaciones públicas y privadas de la región, de la Comisión Ambiental Regional de Moquegua y del Consejo Nacional del Medio Ambiente -CONAM- a través de su Secretaría Ejecutiva Regional del Medio Ambiente Arequipa-Moquegua-Tacna, además contiene los lineamientos del Gobierno Regional de Moquegua, en materia ambiental, por ello procede su aprobación de la presente ordenanza.

 

            Por lo que estando en uso de las facultades concedidas por el artículo 13 y 37 Inc. a) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902; el inciso a) del artículo 14 del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua por votación mayoritaria de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta de Sesión; ha emitido la siguiente:

 

ORDENANZA REGIONAL

 

            De la Aprobación:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)