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R. Cons. Direct. OSINERGMIN 286-2010-OS-CD. Aprueban Tipificación de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras.

(Fecha de Publicación: Miércoles, 29 de diciembre de 2010)

 Aprueban Tipificación de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras

 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 286-2010-OS-CD

             Lima, 21 de diciembre de 2010

             VISTO:

             El Memorando Nº 798-2010 de la Gerencia de Fiscalización Minera, por el cual se remite la propuesta de Tipificación de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras;

             CONSIDERANDO:

             Que, según lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, así como aprobar la Escala de Multas y Sanciones.

            Que mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-EM, se establecen disposiciones para las auditorías de los sistemas de gestión en seguridad y salud en el trabajo en empresas mineras.

            Que mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-EM publicado el 22 de agosto de 2010, se ha aprobado el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional el cual entrará en vigencia el 1 de enero de 2011.

            Que la disposición complementaria transitoria tercera del Decreto Supremo Nº 055-2010-EM, modificada por el Decreto Supremo Nº 060-2010-EM, dispone que el OSINERGMIN en un plazo máximo que no excederá el 31 de diciembre de 2010, deberá aprobar la tipificación de las infracciones administrativas y determinar las sanciones a aplicar.

            Que, conforme al artículo 13 de la Ley Nº 28964, para el ejercicio de las funciones de fiscalización y supervisión de las actividades mineras, el Consejo Directivo de OSINERGMIN está facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas.

            Que, conforme al artículo 22 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSINERGMIN a través de resoluciones.

            Que, la Gerencia de Fiscalización Minera ha presentado el proyecto de Tipificación de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras, con la finalidad de facilitar la labor de supervisión y fiscalización de las actividades mineras y que las empresas supervisadas puedan prever aquellas conductas generadoras de infracciones administrativas.

            Que, vista la propuesta presentada por la Gerencia de Fiscalización Minera con opinión favorable de la Gerencia Legal y la Oficina de Estudios Económicos:

             SE RESUELVE:

 (Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)