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R.M. 094-2010-MINSA. Aprueban el Documento Técnico “Lineamientos para la Elaboración del Programa de Atención y Vigilancia Epidemiológica, Ambiental y Sanitaria a ser aplicado en cada Emergencia Ambiental”.

(Fecha de Publicación: Viernes, 12 de Febrero de 2010)

 Aprueban el Documento Técnico “Lineamientos para la Elaboración del Programa de Atención y Vigilancia Epidemiológica, Ambiental y Sanitaria a ser aplicado en cada Emergencia Ambiental”

 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2010-MINSA

 

            Lima, 9 de febrero de 2010

 

            Visto, el Expediente Nº 08-060214-001, que contiene el Oficio Nº 5157-2008/DG/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, el artículo 28 de la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente establece que en caso de ocurrencia de algún daño ambiental súbito y significativo ocasionado por causas naturales o tecnológicas, el Consejo Nacional del Ambiente, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Salud u otras entidades con competencia ambiental, debe declarar la Emergencia Ambiental y establecer planes especiales en el marco de esta declaratoria, precisando que por ley y su reglamento se regulará el procedimiento y la declaratoria de dicha Emergencia;

 

            Que, el objeto de la Ley Nº 28804 – Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental es regular el procedimiento para declarar en Emergencia Ambiental una determinada área geográfica en caso de ocurrencia de algún daño ambiental súbito y significativo ocasionado por causas naturales, humanas o tecnológicas que deteriore el ambiente, ocasionando un problema de salud pública como consecuencia de la contaminación del aire, el agua o el suelo; que amerite la acción inmediata sectorial a nivel local o regional;

 

            Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28804 – Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-PCM, dispone que el Ministerio de Salud deberá aprobar los Lineamientos para la Elaboración del Programa de atención y vigilancia epidemiológica, ambiental y sanitaria a ser aplicado en cada Emergencia Ambiental;

 

            Que, en tal sentido, la Dirección General de Salud Ambiental conformó un grupo técnico de trabajo encargado de elaborar los Lineamientos en mención, con participación de los representantes de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Oficina General de Comunicaciones, del Centro Nacional de Salud Intercultural del Instituto Nacional de Salud y de la Dirección General de Epidemiología;

 

            Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental, mediante el documento del visto;

 

            Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Comunicaciones, del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

 

            De conformidad con lo previsto en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

 

            SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)