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R.M. 537-2008-MINSA. Modifican Norma Técnica de Salud para la acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo y la R.M. 255-2008-MINSA

SALUD

 

Modifican Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo y la R.M. Nº 255-2008/MINSA

 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 537-2008-MINSA

 

            Lima, 30 de julio de 2008

 

            Visto el Expediente Nº 08-047009-001, que contiene el Memorándum Nº 1591-2008-DGSP/MINSA y Memorándum Nº 2610-2008-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, mediante Resolución Ministerial Nº 456-2007/MINSA del 4 de junio del 2007, se aprobó la NTS Nº 050-MINSA/DGSP-V.02: “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”;

 

            Que, el literal a. del numeral 1. de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica de Salud citada en el párrafo anterior, prevé la Conformación de la Comisión Nacional Sectorial de Acreditación de Servicios de Salud, órgano funcional de carácter permanente, que está integrado por representantes del sector salud y la sociedad organizada;

 

            Que, según lo indicado por la Dirección General de Salud de las Personas en los documentos del visto, el representante alterno para cada representante titular de la Comisión Nacional Sectorial de Acreditación de Servicios de Salud, garantiza el funcionamiento ininterrumpido de la misma;

 

            Que, mediante Resolución Ministerial Nº 255-2008/MINSA de fecha 08 de abril del presente año, se reconoce oficialmente la designación de los miembros que conforman la Comisión Nacional citada en el párrafo anterior;

 

            Que, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial citada en el párrafo anterior, precisando la denominación de la Comisión Nacional a que hace referencia y el nombre de cada uno de los representantes titulares y alternos que la conforman;

 

            Estando a lo Informado por la Dirección General de Salud de las Personas;

 

            Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

 

            De conformidad con lo establecido en el literal I) del Artículo 8 de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)