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R.M. 732-2008-MINSA. Disponen la publicación de proyecto de Norma técnica de salud para la gestión de la historia clínica en la pagina web del ministerio

Disponen la publicación de proyecto de “Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica” en la página web del Ministerio

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 732-2008-MINSA

 

            Lima, 10 de octubre de 2008

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, mediante Resolución Ministerial Nº 597-2006/MINSA, se aprobó la NT Nº 022-MINSA/DGSPV. 02: “NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA GESTIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA”, cuyo objeto es el establecimiento de las normas para el manejo, conservación y depuración de las Historias Clínicas en las diferentes unidades productoras de servicios de los establecimientos de salud del Sector; así como establecer y estandarizar el contenido básico a ser registrado en la Historia Clínica, teniendo en cuenta los diferentes tipos de atención, y respetando los aspectos legales y administrativos;

 

            Que, debido al tiempo transcurrido desde la aprobación de la referida Norma Técnica de Salud, se ha considerado conveniente efectuar la actualización de la misma, mediante la emisión de una tercera versión;

 

            Que, para tal efecto se elaboró el Anteproyecto de la Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, la misma que fue validada en una reunión técnica en la que se han recibido diversas opiniones, observaciones y/o sugerencias al Anteproyecto precitado, las cuales han sido evaluadas técnicamente en el Ministerio de Salud para su incorporación;

 

            Que, en tal virtud, resulta necesario publicar la versión final del Proyecto de la tercera versión de Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica para su respectiva revisión por la ciudadanía en general;

 

            Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 686-2008/MINSA se hicieron diversas modificaciones a la Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, que estuvieron referidas a la primera versión de la Norma Técnica de Salud, por lo que debe dejarse sin efecto la citada Resolución Ministerial;

 

            Con la visación de los Directores Generales de la Dirección General de Salud de las Personas y la Oficina General de Asesoría Jurídica, así como del Viceministro de Salud; y,

 

            De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

 

            SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)