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RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 006-2011-CNB-INDECOPI. Aprueban 16 Normas Técnicas Peruanas de petróleo y derivados, plaguicidas de uso agrícola, turismo, productos forestales maderables transformados, aditivos alimentarios, especias, condimentos y hierbas aromáticas, textiles y confecciones, papeles y cartones, y dejan sin efecto 20 NTP

(Fecha de Publicación: Jueves, 14 de abril de 2011)

 Aprueban 16 Normas Técnicas Peruanas de petróleo y derivados, plaguicidas de uso agrícola, turismo, productos forestales maderables transformados, aditivos alimentarios, especias, condimentos y hierbas aromáticas, textiles y confecciones, papeles y cartones, y dejan sin efecto 20 NTP

RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 006-2011-CNB-INDECOPI

             Lima, 30 de marzo de 2011

             CONSIDERANDO:

             Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4 al 11 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;

             Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;

             Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Petróleo y derivados. Combustibles Líquidos, b) Plaguicidas de uso agrícola, c) Turismo, d) Productos forestales maderables transformados, e) Aditivos alimentarios, f) Especias, condimentos y hierbas aromáticas, g) Textiles y confecciones y, h) Papeles y cartones, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;

             Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas:

             a) Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 01 PNTP, el 16 de agosto de 2010

             b) Plaguicidas de uso agrícola, 01 PNTP, el 25 de octubre de 2010

             c) Turismo, 3 PNTP (2 PNTP el 08 de noviembre de 2010 y 1 PNTP, el 29 de noviembre de 2010).

             d) Productos forestales maderables transformados, 4 PNTP el 29 de noviembre de 2010, 1 PNTP el 30 de noviembre de 2010 y 1 PNTP el 15 de diciembre de 2010

             e) Aditivos alimentarios, 1 PNTP, el 09 de diciembre de 2010

             f) Especias, condimentos y hierbas aromáticas, 2 PNTP, el 13 de diciembre de 2010

             g) Textiles y confecciones, 1 PNTP, el 30 de diciembre de 2010

             h) Papeles y cartones, 1 PNTP, el 30 de diciembre de 2010

             Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. Los mencionados en el acápite f), g) y h) mediante el Sistema 1 de adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de 30 días contados a partir del 16 de enero de 2011 (f), 29 de enero de 2011 (g) y 26 de febrero de 2011 (h) y, los restantes, mediante el Sistema 2 u ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 6 de setiembre del 2010 (a), 8 de enero de 2011 (b), 16 de enero de 2011 (c, d y e).

             Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, con excepción de 1 PNTP mencionado en el literal c), el cual fue revisado, evaluado y aprobado por el Comité Técnico mencionado anteriormente, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas;

             Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 30 de marzo del 2011.

             RESUELVE

 (Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)