RESOLUCION MINISTERIAL Nº 078-2016-MINSA.- Incorporan en la Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, el Anexo 06 “Instructivo para el llenado del formulario de Consentimiento Informado para las actividades de docencia durante la atención de salud

(Fecha de Publicación: Viernes, 20 de mayo de 2016)

 

 

PRODUCE

 

Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas sobre artesanía textil, salud y seguridad ocupacional, y otras

 

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2016-INACAL-DN

 

Lima, 27 de abril de 2016

 

                VISTO: El acta de fecha 27 de abril de 2016 del Comité Permanente de Normalización;

                CONSIDERANDO:

                Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;

                Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley Nº 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;

                Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;

                Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;

                Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley Nº 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Artesanías, b) Gestión Ambiental, c) Tubos, Válvulas y Accesorios de Material Plástico para el Transporte de Fluidos y d) Salud y Seguridad Ocupacional; sustentan la propuesta de aprobación de 05 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, en sus informes que obran en sus expedientes respectivos, y solicitan dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana, por los motivos expuestos en el informe obrante en el expediente correspondiente;

                Que, la Dirección de Normalización mediante el Informe Nº 004-PN-2016-INACAL/DN de fecha 22 de abril de 2016, señala que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 30224;

                Que, en base a los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2016-INACAL-PE, en sesión de fecha 27 de abril del presente año, acordó por unanimidad aprobar 05 Normas Técnicas Peruanas y dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana;

                De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE;

 

SE RESUELVE:

 

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)