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RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 060-2011-CNB-INDECOPI. Dejan sin efecto 4 Normas Técnicas Peruanas sobre asbesto.

(Fecha de Publicación: Viernes, 13 de enero de 2012)

 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

 Dejan sin efecto 4 Normas Técnicas Peruanas sobre asbesto

RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 060-2011-CNB-INDECOPI

            Lima, 21 de diciembre de 2011

             CONSIDERANDO:

             Que, a la fecha, se encuentran vigentes cuatro Normas Técnicas Peruanas referidas a productos en cuya fabricación se emplea asbesto.

             Que, la Organización Internacional para la Normalización -ISO- ha dejado sin efecto las siguientes Normas Técnicas Internacionales, las cuales sirvieron de base a las mencionadas cuatro Normas Técnicas Peruanas:

             – ISO 160:1980 TUBOS A PRESION DE ASBESTO-CEMENTO Y UNIONES (Asbestos-cement pressure pipes and joints)

             – ISO 2785:1985 NORMAS PARA LA SELECCION DE TUBOS DE ASBESTO CEMENTO SOMETIDOS A CARGAS EXTERNAS CON PRESION INTERNA O SIN ELLA (Directives for selección of asbestos-cement pipes subject to external loads with or without internal pressure)

             – ISO 881:1980 TUBOS DE ASBESTO – CEMENTO. Uniones y accesorios para alcantarillado y drenaje (Asbestos-cement pipes, joints and fittings for sewerage and drainage)

             – ISO 396-3:1980 PRODUCTOS DE CEMENTOS CON FIBRA DE REFUERZO. PARTE 3. Planchas planas de asbestocemento – celulosa (Products in fibre reinforced cement – Part 3: Cellulose- asbestos-cement flat sheets)

             Que, además, el artículo 7.3 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación autoriza a esta Comisión a revisar las Normas Técnicas Peruanas cuando ello sea necesario para promover la calidad de los productos que se ofertan en el mercado;

             Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008-CNB-INDECOPI, la Comisión, con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 21 de diciembre de 2011.

 

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)