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RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 22-2012-CNB-INDECOPI. Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre mecánica de minerales y otros

(Fecha de Publicación: Jueves, 05 de Abril de 2012)

 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre mecánica de minerales y otros

RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 22-2012-CNB-INDECOPI

             Lima, 21 de marzo de 2012

             CONSIDERANDO:

             Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4 al 11 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;

             Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008-CNB-INDECOPI;

             Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigente, establece en su artículo 15 que las Normas Técnicas Peruanas serán revisadas periódicamente para lograr su actualización;

             Que, de conformidad con la reglamentación anterior, acorde con la vigente, desde febrero de 2007 la Comisión ha venido ejecutando el Plan de Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas, aprobadas durante la gestión del ITINTEC (período 1966-1992), con el objeto de poner a disposición de los usuarios normas técnicas confiables que satisfagan sus expectativas;

             Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, la Comisión consultó a las instituciones representantes de los sectores Mecánica de minerales, minerales de hierro e infraestructura vial de carreteras, al no existir Comité Técnico de Normalización activo del tema antes mencionado;

             Que, continuando con el Plan de Actualización y durante la etapa de discusión pública, la Comisión no recibió opinión de dejar sin efecto las Normas Técnicas Peruanas publicadas, por parte de las instituciones representantes de los sectores Mecánica de minerales, minerales de hierro e infraestructura vial de carreteras. Las 10 Normas Técnicas Peruanas fueron consultadas del 29 de octubre por un periodo de 60 días calendario,

             Que, en consecuencia la Comisión acordó que las referidas Normas Técnicas Peruanas de la gestión del ITINTEC, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revisión efectuada en el presente año;

             Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008-CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 21 de marzo de 2012.

             RESUELVE

 (Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)