RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2013-OEFA-CD. Aprueban Reglamento de Supervisión Directa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

(Fecha de Publicación: Jueves, 28 de Febrero de 2013)

 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL

 Aprueban Reglamento de Supervisión Directa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2013-OEFA-CD

 CONCORDANCIAS:           R.Nº 026-2013-OEFA-CD (Aprueban Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del Organismo de Evaluación  y Fiscalización  Ambiental – OEFA)

             Lima, 26 de febrero de 2013

             CONSIDERANDO:

             Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, encargado de la función de fiscalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental;

             Que, a través de la Ley Nº 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la condición de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de manera independiente, imparcial, ágil y eficiente;

             Que, en el Literal e) del Artículo 11 de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se establece que el OEFA tiene, entre otras, competencia normativa, la cual comprende la facultad de dictar los reglamentos y demás normas que regulen los procedimientos a su cargo, así como otras de carácter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas a las que fiscaliza;

             Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal b) del Artículo 11 de la Ley Nº 29325, el OEFA tiene a su cargo la función de supervisión directa, la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las normas, obligaciones e incentivos establecidos en la regulación ambiental por parte de los administrados, por lo que se requiere aprobar su respectiva reglamentación;

             Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 002-2013-OEFA-CD del 19 de enero de 2013 se dispuso la publicación del proyecto de Reglamento de Supervisión Directa del OEFA en el portal institucional de la entidad con la finalidad de recibir los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadanía en general por un período de diez (10) días hábiles contado a partir de la publicación de la citada Resolución en el diario oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;

             Que, habiéndose recabado comentarios, sugerencias y observaciones de diversas personas naturales y jurídicas, corresponde aprobar el texto definitivo del Reglamento de Supervisión Directa del OEFA;

             Que, tras la absolución y análisis de cada uno de los aportes recibidos durante el período de prepublicación del proyecto normativo, mediante Acuerdo Nº 009-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 005-2013 del 26 de febrero de 2013, el Consejo Directivo decidió aprobar el Reglamento de Supervisión Directa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;

             Contando con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión y la Oficina de Asesoría Jurídica del OEFA;

             De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y el Acuerdo Nº 009-2013 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 005-2012 del 26 de febrero de 2013, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Artículo 8 y en el Literal n) del Artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM;

             SE RESUELVE:

 (Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)