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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2013-MINAM. Conforman el Grupo Técnico denominado Grupo de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire de Huamanga

(Fecha de Publicación: Miércoles, 20 de Febrero de 2013)

 Conforman el Grupo Técnico denominado Grupo de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT – GESTA Zonal de Aire) de Huamanga

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2013-MINAM

             Lima, 15 de febrero de 2013

             Visto, el Memorando Nº 020-2013-MINAM-VMGA de 18 de enero de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 0090-2013-MINAM-VMGA/DGCA de 07 de febrero de 2013, de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y,

             CONSIDERANDO:

             Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente – MINAM, señala que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

             Que, de acuerdo al literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo acotado, el MINAM tiene como una de sus funciones específicas, promover y coordinar la adecuada gestión de los residuos sólidos, la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes, así como sancionar su incumplimiento;

             Que, el numeral 3 – Calidad del Aire – del Eje de Política 2: Gestión Integral de la Calidad Ambiental de la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, señala como uno de los lineamientos de política, establecer medidas para prevenir y mitigar los efectos de los contaminantes del aire sobre la salud de las personas;

             Que, asimismo, el numeral 7.3 del acápite 7 “Acciones Estratégicas por Metas Priorizadas” del Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA PERÚ 2011-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, establece que la acción estratégica referida a prevenir y controlar la contaminación atmosférica tiene como una de sus metas que el 60% de nuevas ciudades priorizadas implementen sus planes de acción para mejorar la calidad del aire y cumplan los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire;

             Que, el artículo 20 del Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, dispone que en toda Zona de Atención Prioritaria se establecerá una GESTA Zonal de Aire encargado de la elaboración del Plan de Acción para el mejoramiento de la Calidad del Aire, sin perjuicio de las medidas y los otros instrumentos de gestión ambiental que puedan aplicarse en las otras zonas del país no declaradas como de atención prioritaria;

             Que, según el artículo 28 del precitado Reglamento, en concordancia con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, el MINAM, a propuesta de las Municipalidades Provinciales de la cuenca atmosférica correspondiente, designará a las instituciones integrantes del GESTA Zonal de Aire;

             Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 339-2012-MINAM, determinó la calificación de dieciocho (18) nuevas Zonas de Atención Prioritaria en el ámbito geográfico de la cuenca atmosférica de las provincias de Abancay, Utcubamba, Cajamarca, Huancavelica, Moyobamba, Tarapoto, Tumbes, Huamanga, Chachapoyas, Huánuco, Huaraz, Ica, San Román, Mariscal Nieto, Coronel Portillo, Tambopata, Puno y Tacna;

             Que, el artículo 2 de la mencionada Resolución Ministerial dispone que se conformen los respectivos Grupos Técnicos denominados Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT – GESTA Zonal de Aire), encargados de formular y evaluar los planes de acción para el mejoramiento de la calidad del aire en Zonas de Atención Prioritaria, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM;

             Que, el literal i) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, señala como una de las funciones del Ministro del Ambiente, conformar los grupos técnicos y comisiones de trabajo que considere convenientes en el marco de las competencias asignadas al Ministerio;

             Que, en tal sentido, contando con la propuesta de la Municipalidad Provincial de Huamanga, y considerando lo dispuesto por el artículo 28 del Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, resulta necesario emitir el acto resolutivo conformando el Grupo Técnico denominado Grupo de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT- GESTA Zonal de Aire) de Huamanga;

             Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Calidad Ambiental y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

             De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire.

             SE RESUELVE:

 (Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)