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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2013-MINAM. Aprueban Disposiciones para conducir el Registro de Certificaciones Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA

(Fecha de Publicación: Sábado, 11 de mayo de 2013)

 

 

Aprueban Disposiciones para conducir el Registro de Certificaciones Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2013-MINAM

 

Lima, 10 de mayo de 2013

 

Visto, el Memorando Nº 017-2013-MINAM-VMGA-DGPNIGA de 14 de enero de 2013, y demás antecedentes; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA, como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos significativos derivados de las acciones humanas, expresadas por medio de proyectos de inversión;

 

Que, de conformidad con el literal f) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente – MINAM, la citada entidad tiene entre sus funciones específicas, dirigir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA;

 

Que, asimismo, el literal e) del artículo 17 de la Ley Nº 27446, modificado por Decreto Legislativo Nº 1078, dispone que el Ministerio del Ambiente conduzca un registro administrativo de carácter público y actualizado de las certificaciones ambientales concedidas o denegadas por los organismos correspondientes;

 

Que, el literal h) del artículo 7 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, establece que el Ministerio del Ambiente conducirá el Registro de Certificaciones Ambientales, en coordinación con las autoridades que conforman el SEIA, manteniéndolo actualizado y sistematizado, asegurando el acceso universal a través del Sistema Nacional de Información Ambiental – SINIA;

 

Que, según el artículo 6 de la Directiva para Fortalecer el Desempeño de la Gestión Ambiental Sectorial, aprobada por Resolución Ministerial Nº 018-2012-MINAM, las autoridades ambientales sectoriales deben remitir al Ministerio del Ambiente, las resoluciones administrativas a través de las cuales se resuelve conceder o denegar las certificaciones ambientales. Esta misma obligación se aplica a los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), Planes de Cierre, Planes de Abandono, u otros planes de manejo ambiental exigibles para el inicio, ejecución o término de actividades o proyectos de inversión;

 

Que, el literal f) del artículo 7 del Reglamento de la Ley del SEIA, regula la facultad del Ministerio del Ambiente para aprobar normas, guías, directivas y demás normativa legal y técnica para orientar el funcionamiento del SEIA;

 

Que, es necesario que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de organismo rector del SEIA, establezca las disposiciones para conducir el Registro de Certificaciones Ambientales, que permitirá fortalecer el proceso de evaluación de impacto ambiental, y constituir una fuente actualizada y sistematizada de información de acceso universal;

 

Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, la propuesta normativa fue sometida a consulta pública, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios, por lo que corresponde la aprobación de las citadas disposiciones;

 

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

 

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1078; el Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM.

 

SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)