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R. M. 480-2008 y NTS 068-MINSA-DGSP-V.1 Listado Enfermedades Profesionales

(Fecha de Publicación: Jueves, 17 de julio de 2008)

 

Aprueban “Norma Técnica de Salud que establece el Listado de Enfermedades Profesionales”

 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 480-2008-MINSA

 

            Lima, 14 de julio de 2008

 

            Vistos los expedientes Nºs. 07-048071-002 y 07-082041-001, que contienen el Memorándum Nº 0426-2008-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural;

 

            Que, el artículo 3 de las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-SA, señala que la tabla de Enfermedades Profesionales y su vinculación causal con la clase de trabajo que la origina será aprobada por el Ministerio de Salud, a propuesta de la Comisión Técnica Médica a que se refiere el artículo 30 del indicado dispositivo;

 

            Que, por Resolución Ministerial Nº 360-98-SA/DM, fue creada la Comisión Técnica Médica encargada de proponer al Ministerio de Salud, previa coordinación con el Instituto Nacional de Rehabilitación, las normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores asegurados a que deben sujetarse las Aseguradoras y el Instituto Nacional de Rehabilitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Norma Técnica;

 

            Que, en virtud de ello, la indicada Comisión Técnica Médica, ha cumplido con elaborar, entre otros, el Listado de Enfermedades Profesionales, para su aprobación;

 

            Que, mediante Resolución Ministerial Nº 826-2005/MINSA, se aprueban la “Normas para la elaboración de documentos Normativos del Ministerio de Salud” con el objetivo de normar el procedimiento para la formulación o actualización, aprobación, difusión, implementación y evaluación de los Documentos Normativos y su contenido, que se expidan en el Ministerio de Salud;

 

            Que, la disposición indicada en el párrafo anterior establece que la Norma Técnica de Salud, es el documento Normativo del Nivel Nacional del Ministerio de Salud, que regula los ámbitos de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de la Salud Pública, basados en la revisión de la mejor evidencia científica existente y disponible, buscando resultados óptimos de beneficios para la comunidad;

 

            Que, en ese sentido el documento elaborado por la citada Comisión Técnica debe ser aprobado teniendo en consideración lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 826-2005/MINSA;

 

            Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas;

 

            Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de la Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

 

            De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)