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D. de Alcaldía 011. Aprueban Reglamento del Programa de Formalización de Segregadores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Provincia Constitucional del Callao

Aprueban Reglamento del Programa de Formalización de Segregadores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Provincia Constitucional del Callao

 

DECRETO DE ALCALDIA Nº 000011

 

            Callao, 29 de setiembre de 2008

 

            EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;

 

            Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 prescribe en su Art. 73 Inc. 2 numeral 2.1 que, dentro del marco de las competencias y funciones específicas de los gobiernos locales – materias de competencia municipal, en el rubro de servicios públicos locales la de saneamiento ambiental, salubridad y salud así como en el numeral 2.4 que las municipalidades tienen competencia y ejercen las funciones de crear programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos; concordante con el Inc. 3 numeral 3.1 en relación a la protección y conservación del ambiente siendo competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, ello también en observancia al numeral 3.3 de la misma norma que señala la promoción de la educación e investigación ambiental en su localidad e incentiva a la participación ciudadana en todos sus niveles;

 

            Que, la Ley General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314 establece en su artículo 1 sobre las obligaciones y derechos, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales, protección de la salud y el bienestar de la persona humana; concordante con el artículo 9 de la referida norma sobre autoridades municipales, el mismo que señala a las municipalidades provinciales como responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a éstos en todo el ámbito de su jurisdicción, están obligadas a: 1) Planificar la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos, centros poblados, con las políticas de desarrollo local y regional. 2) Regular y fiscalizar el manejo y la prestación de los servicios de residuos sólidos de su jurisdicción. 3) Adoptar medidas conducentes a promover la constitución de empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos conforme con el artículo 27 de la presente ley, el mismo que precisa en el numeral 27.2, que la prestación de servicios de residuos sólidos por pequeñas y microempresas estará restringida a los residuos del ámbito de la gestión municipal conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten para promover su participación;

 

            Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 000071-2002, se aprueba el Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos de la Provincia del Callao – PIGARS Callao, el cual establece tres objetivos estratégicos: (1) Generar una cultura de salud ambiental respecto al manejo de residuos sólidos en los pobladores de la provincia del Callao; (2) Fortalecer las capacidades de concertación y capacitación en los actores involucrados en la mejora de la Gestión de residuos sólidos en el Callao, y (3) Fortalecer las capacidades técnicas y de gestión administrativo – financieras de las municipalidades. Para el cumplimiento del tercer objetivo, se prevé, entre otras acciones, promover la organización de un sistema de aprovechamiento de los residuos sólidos a través de las siguientes actividades: (1) promover la creación de microempresas; y, (2) promover la formalización de los segregadores informales;

 

            Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000037-2005, se aprueba la Política Ambiental, el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Provincia del Callao y la Conformación de la Comisión Ambiental Municipal del Callao – CAM Callao, dicha Ordenanza prioriza como política pública la Gestión Integral de los Residuos Sólidos;

 

            Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000002-2006, se aprueba el Plan de Acción Ambiental de la Provincia del Callao al 2021 y la Agenda Ambiental Municipal al 2010, en donde se prioriza la ejecución de un proyecto piloto de segregación en la fuente de residuos sólidos;

 

            Que mediante Ordenanza Municipal Nº 000012-2006, se Reglamenta los Aspectos Técnicos y Operativos para el Diseño, Operación y Mantenimiento de Infraestructura de Operación de Residuos Sólidos del Ámbito Municipal, estableciendo criterios de ubicación, diseño, operación y mantenimiento enmarcados en dispositivos legales a los cuales deberá ceñirse toda Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos (EC-RS);

 

            Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000060 de fecha 18 de diciembre del 2007 se aprueba la elaboración de un Programa de Formalización de Segregadores y Recolección selectiva de residuos sólidos en la Provincia Constitucional del Callao que facilite la generación de empleos e ingresos, la inclusión social y la formalización de los segregadores;

 

            Que, con Memorando Nº 803-2007-MPC/GGPPR, Informe Nº 250-2007-MPC-GGATR e Informe Nº 338-2007-MPC-GGAJC-SGCA, las unidades orgánicas de: Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinan favorablemente en atención a la aprobación con Acuerdo de Concejo Nº 000071 del 12 de diciembre del 2002, del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) en el cual se establece los lineamientos a seguir para lograr un adecuado manejo de los residuos sólidos en la Provincia Constitucional del Callao, promoción de microempresas y formalización de segregadores dentro del marco de un plan de recolección selectiva de residuos sólidos, así como también sobre la viabilidad en la creación del Bono Chalaco;

 

            Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, Ordenanza Municipal Nº 000060-2007, el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao;

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)