///

DECRETO SUPREMO Nº 031-2010-SA. Aprueban Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano

(Fecha de Publicación: Domingo, 26 de setiembre de 2010)

 SALUD

 Aprueban Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano

 DECRETO SUPREMO Nº 031-2010-SA

             EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

             CONSIDERANDO:

             Que, el numeral 22 del artículo 2 concordante con el artículo 7 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, teniendo derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;

             Que, el artículo 107 de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que el abastecimiento del agua para consumo humano queda sujeto a las disposiciones que dicte la Autoridad de Salud competente, la que vigilará su cumplimiento;

             Que, la Décima Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, dispone que el Ministerio de Salud, continuará teniendo competencia en los aspectos de saneamiento ambiental, debiendo formular las políticas y dictar las normas de calidad sanitaria del agua y de protección del ambiente;

             Que, mediante Resolución Suprema del 17 de diciembre de 1946, se aprobó el “Reglamento de los requisitos oficiales físicos, químicos y bacteriológicos que deben reunir las aguas de bebida para ser consideradas potables”, el cual se encuentra desactualizado y obsoleto en el contexto actual;

             Que, resulta necesario establecer un nuevo marco normativo para la gestión de la calidad del agua para consumo humano, sustentado en un enfoque de análisis de riesgo, que proporcione a la Autoridad de Salud instrumentos de gestión modernos y eficaces para conducir la política y la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano;

             De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26842 – Ley General de Salud, y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

             DECRETA:

 (Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)