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Ordenanza No. 155. Aprueban el Diagnóstico Ambiental, el Plan de acción ambiental local y la Agenda Ambiental local del distrito

Aprueban el Diagnóstico Ambiental, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local del distrito

 

ORDENANZA Nº 155

 

            San Juan de Lurigancho, 27 de noviembre de 2008

 

            EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

 

            VISTO; en sesión ordinaria de Concejo de la fecha,

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, los artículos 2 y 67 de la Constitución Política del Perú, establecen que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales.

 

            Que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional, ello acorde a lo establecido en el numeral 7) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.

 

            Que, mediante Ordenanza Nº 154 se aprobó la Política Ambiental Local y Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho y se Creó la Comisión Ambiental Municipal; estando cada una regulada en el Anexo Nº 1, 2 y 3 respectivamente de la precitada norma.

 

            Que, la Ordenanza Nº 154 establece en el Título V del Anexo 2 Artículo 26 incisos a), b), c) que el Diagnóstico Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental Local así como la Agenda Ambiental Local del distrito de San Juan de Lurigancho son documentos que deben ser aprobados mediante Ordenanza normando en su artículo 26, Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental Ley Nº 28245 a fin de alcanzar los objetivos específicos de la gestión ambiental del distrito.

 

            Que, con la Creación de la Comisión Ambiental Municipal – CAM, conformada mediante Ordenanza Nº 154 Anexo 3 e integrada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inició un proceso de concertación para la gestión ambiental local compartida, lo que ha permitido la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental, el Diagnóstico Ambiental Local, el Plan de Acción y la Agenda Ambiental Local.

 

            Que es objetivo de los instrumentos de Gestión Ambiental Local propuestos, el establecer la Política Ambienta Local que ha de regular la gestión ambiental del distrito siendo su orientación el desarrollo sostenible de la misma, sustentada en la práctica de la concertación y la participación ciudadana.

 

            Que es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores del distrito de San Juan de Lurigancho;

 

            De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta se aprobó la siguiente:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)