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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2015-CDB. Ordenanza que aprueba el Diagnóstico Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local del distrito de Bellavista

(Fecha de Publicación: Domingo, 07 de febrero de 2016)

 

 

 

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

 

Ordenanza que aprueba el Diagnóstico Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local del distrito de Bellavista

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2015-CDB

 

Bellavista, 18 de diciembre del 2015

 

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA

 

POR CUANTO:

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesión de fecha, y;

 

CONSIDERANDO:

 

                Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194de la Constitución Política del Perú, en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

                Que, de acuerdo a los artículos 2 inciso 22, y los artículos 66 al 69 de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano, equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determine la Política Nacional del Ambiente, promoviendo la protección y el uso racional de los recursos naturales;

 

                Que, conforme al artículo 191 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

                Que, el artículo 8.2 de la Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611, establece que las políticas ambientales locales se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;

                Que, el artículo 73 inciso 3.1 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, por su parte otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección y cuidado ambiental;

                Que, la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Bellavista, ha elaborado y aprobado favorablemente respecto del Diagnóstico Ambiental Local, Plan de Acción Ambiental Local y Agenda Ambiental Local;

 

                Que, es necesario contar con una ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientadas hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las instituciones u organizaciones (pública y privada), mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de las poblaciones del distrito de Bellavista;

                Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL DIAGNÓSTICO AMBIENTAL LOCAL, EL PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL Y LA AGENDA AMBIENTAL LOCAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)