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Ordenanza Nº 323-2015/GRP-CR.- Ordenanza que oficializa la creación de la Comisión Ambiental Regional – CAR en la Región Piura

(Fecha de Publicación: Martes, 10 de noviembre de 2015)

 

 

 

Ordenanza que oficializa la creación de la Comisión Ambiental Regional – CAR en la Región Piura

 

ORDENANZA REGIONAL Nº 323-2015-GRP-CR

 

El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;

 

POR CUANTO:

 

                De conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, sus modificatorias – Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demás normas complementarias.

                CONSIDERANDO:

                Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, en el artículo 191 establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192 establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo;

                Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en el literal a) del artículo 15, establece que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; además, en el artículo 38 se establece que el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales;

                Que, en los incisos a) y b) del artículo 53 de la norma regional, se establece que son funciones específicas en materia ambiental y ordenamiento territorial de los Gobiernos Regionales formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; así como implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales, respectivamente;

                Que, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley Nº 28245, en los numerales 22.1 y 22.2 del artículo 22, y el Reglamento de la Ley referida en el artículo 40, establece que los Gobiernos Regionales deben implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales, así mismo el artículo 23 dispone que las Comisiones Ambientales Regionales – CAR, son las instancias de gestión ambiental, de carácter Multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, las cuales promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado;

                Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece en el Artículo 17, inc. 17.1 que los Gobiernos Regionales aprueban la creación, el ámbito, la composición y las funciones de la Comisión Ambiental Regional – CAR;

                Que, en ese sentido, mediante la Ordenanza Regional Nº 077-2005-GRP-CR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 22 de julio del 2005, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura creó el Sistema Regional de Gestión Ambiental y aprobó la Política Ambiental Regional, que contiene los Principios de la Gestión Ambiental y los Objetivos de la Política Ambiental Regional; siendo que, mediante Decreto Regional Nº 003-2010-GOB.REG.PIURA-PR, de fecha 23 de noviembre de 2010, el Presidente Regional oficializó la creación de la Comisión Ambiental Regional – CAR, del ámbito de la circunscripción territorial del Gobierno Regional Piura, como instancia de gestión ambiental de carácter participativo, encargada de coordinar y concertar la política ambiental regional;

                Que, mediante Ordenanza Regional 294-2014-GRP-CR, de fecha 21 de julio de 2014, se actualizó el Anexo Único del Sistema Regional Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional Piura, aprobado en el artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 077-2005-GRP-C, en el cual se establece en el artículo 20 que los objetivos de la Comisión Ambiental Regional son aprobados por el Gobierno Regional a través de Ordenanza Regional que crea, organiza y establece su composición;

                Que, en atención a la referida modificación, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente mediante Informe Nº 136-2015/GRP-450000, de fecha 29 de septiembre de 2015, solicita la adecuación normativa del Decreto Regional Nº 003-2010-GOB.REG.PIURA-PR que oficializa la creación de la Comisión Ambiental Regional, a una Ordenanza Regional, lo cual es compartido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 2327-2015/GRP-460000, de fecha 15 de septiembre de 2015, que señala que, podría evaluarse la adecuación del instrumento normativo que oficializó la creación de la Comisión Ambiental Regional, a uno con rango de ley, cuya reglamentación podrá ser aprobada mediante Decreto Regional, conforme al Artículo 40 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

                Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 24-2015, de fecha 09 de octubre de 2015, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053;

                Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

ORDENANZA QUE OFICIALIZA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL – CAR EN LA REGIÓN PIURA