/

ORDENANZA REGIONAL Nº 000003. Aprueban el Plan de Acción Ambiental del Callao – PAAC 2013 – 2021

(Fecha de Publicación: Viernes, 15 de febrero de 2013)

 Aprueban el Plan de Acción Ambiental del Callao – PAAC 2013 – 2021

ORDENANZA REGIONAL Nº 000003

             Callao, 18 de enero del 2013

             EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

             POR CUANTO:

             El Consejo Regional del Callao en sesión ordinaria del 18 de enero del 2013.

             CONSIDERANDO:

             Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2004-REGION-CALLAO-CR, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental, cuyo objeto es el asegurar el eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas, privadas, y otras organizaciones que representen a la ciudadanía en general, en la Región Callao; así como fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental regional, el rol que le corresponde al Gobierno Regional y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus funciones ambientales en la Región Callao a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite, en el ejercicio de las mismas, superposiciones, omisiones, duplicidades, vacíos y conflictos;

             Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, publicado con fecha 09 de julio del 2011, se aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental, en concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Decreto Legislativo Nº 1013 que crea el Ministerio del Ambiente, la Ley General del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente;

             Que, en consideración a lo tipificado en el Art. 22 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y demás normas complementarias, se cree conveniente y necesaria la proyección ante la CAR CALLAO, del documento objeto de la presente, para su aprobación por dicha comisión;

             Que, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Ley Nº 28245), tipifica en su Art. 23, respecto de las Comisiones Ambientales Regionales, que las mismas son instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional;

             Que, en sesión ordinaria de la Comisión Ambiental Regional del Callao – CAR CALLAO, realizada con fecha 24 de octubre de 2012, se acordó APROBAR el Plan de Acción Ambiental del Callao (PAAC 2013 – 2021). Se dejó constancia que el ítem 8.5 (Meta 5: Diversidad Biológica) queda pendiente, en razón a que sería elaborado en el Marco del Grupo Técnico Regional sobre Cambio Climático y Diversidad Biológica;

             Que, el Art. 22 de la Ley Nº 28245 (Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental), dispone que los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de gestión ambiental contenidos en el Art. 5 de la misma norma;

             Que, sumado a ello, dispone que los Gobiernos Regionales deben de implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM (ahora MINAM), sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional;

             Que, las competencias regionales, se ejercen con sujeción a los instrumentos de gestión ambiental diseñados, implementados y ejecutados para fortalecer el carácter transectorial y descentralizado de la Gestión Ambiental, así como el cumplimiento de las Políticas, Planes y Agendas Ambientales Regionales y Nacionales;

             Que, el Art. 5 de la Ordenanza Regional Nº 008-2004-REGION CALLAO-CR (Sistema Regional de Gestión Ambiental), tipifica lo siguiente:

             “Se asegura la transectorialidad, la debida coordinación y aplicación de estos instrumentos (refiriéndose a los instrumentos de gestión y planificación ambiental), a través de:

             1.- Elaboración de Planes de Acción Ambiental, Agendas Ambientales Regionales, Planes Regionales Ambientales y Programas Regionales Ambientales en cumplimiento de la Política Ambiental Regional del Callao, determinando responsables para el cumplimiento de sus actividades y metas.

            (…)

            4.- Establecer políticas y planes regionales para la implementación del ordenamiento territorial ambiental.

            (…)

            9.- Promover y difundir los demás instrumentos de gestión ambiental, de competencia exclusiva por parte del Gobierno Regional del Callao, Gobiernos Locales y otras entidades en la región”

             Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: