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ORDENANZA Nº 089-2009-MLV. Crean la Comisión Ambiental Municipal del distrito de La Victoria

(Fecha de Publicación: Viernes, 20 de noviembre de 2009)

 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

 Crean la Comisión Ambiental Municipal del distrito de La Victoria

 ORDENANZA Nº 089-2009-MLV

             La Victoria, 30 de octubre de 2009

             EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA

             POR CUANTO:

             VISTO; en la sesión ordinaria de la fecha, el dictamen conjunto Nº 002-2009-CPSALC-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Regidores de Servicios a la Ciudad y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y

             CONSIDERANDO:

             Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, teniendo además como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales;

             Que, el artículo 73 numerales 3.1) y 3.5) concordado con el artículo 80 numeral 2.4) y 4.3) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establecen como competencia de las municipalidades provinciales y distritales, formular, aprobar, ejecutar planes y políticas ambientales, en concordancia con normas, políticas y planes regionales, sectoriales y nacionales, así como promover la educación e investigación ambiental;

             Que, el artículo 20 numeral 13 en concordancia con el artículo 9 numeral 7 de la Ley Nº 27972 señala que es atribución del Alcalde someter al Concejo Municipal el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional; por corresponder a sus atribuciones de este último la aprobación de los mismos;

             Que, el artículo 45 del Reglamento de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, establece que el Sistema Local de Gestión Ambiental se desarrolla en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y de lo señalado en la su reglamento; regulándose mediante una Ordenanza Municipal, previa opinión favorable del CONAM – Comisión Nacional del Ambiente;

             Que, el artículo 25 de la Ley Nº 28245 establece que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal. Promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM, siendo creadas mediante Ordenanza Municipal, determinándose su ámbito, funciones y composición;

             Que, la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente – estipula en el artículo 62 que los gobiernos locales organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la gestión ambiental. Asimismo, deben implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno local;

             Que, mediante informes Nº 328-2009/SGMAYE/MDLV y Nº 309-2009-SGMAYE/MDLV, la Subgerencia de Medio Ambiente y Ecología sustenta la necesidad de conformar la Comisión Ambiental Municipal del distrito, conformada por representantes de las organizaciones e instituciones más representativas de La Victoria, a fin de realizar acciones coordinadas con el Ministerio del Ambiente – MINAM – que permitan formular conjuntamente el Plan y la Agenda Ambiental Local, así como elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas de la materia con participación de la sociedad civil. Con lo cual, iniciando así un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que permitirá un espacio de discusión de la problemática del distrito y particularmente de la situación ambiental;

             Que, mediante informes Nº 401-09-GAJ/MDLV y Nº 347-09-GAJ/MDLV de vistos la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el proyecto de Ordenanza propuesto es viable y legalmente acorde con la normativa de la materia, recomendando su evaluación por parte del Concejo Municipal para que sea aprobado, por corresponder a su competencia;

             Que, en virtud a lo expuesto, la Municipalidad de La Victoria, en coordinación con diversas organizaciones públicas, privadas y mixtas de la localidad, así como con la amplia participación de los actores locales vinculados a los recursos naturales y a la gestión ambiental, acordaron en consenso proponer la conformación de la Comisión Ambiental Municipal para fortalecer su gestión y lograr los objetivos que en esta materia le corresponden ejecutar a favor de la comunidad;

             Estando a lo expuesto y a las normas legales glosadas, así como en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades -, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente:

 ORDENANZA

QUE CREA LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL – CAM – DEL DISTRITO DE LA VICTORIA

 (Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)