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ORDENANZA Nº 354-CDLO. Crean la Comisión Ambiental Municipal – CAM del distrito de Los Olivos

(Fecha de Publicación: Viernes, 15 de abril de 2011)

 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Crean la Comisión Ambiental Municipal – CAM del distrito de Los Olivos

 ORDENANZA Nº 354-CDLO

             Los Olivos, 17 de marzo de 2011

             EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS

             VISTO: El Dictamen Nº 001-2011-CDLO/CSC de la Comisión de Servicios a la Ciudad; y,

             CONSIDERANDO:

             Que, el sistema de planificación local tiene como principios la participación ciudadana, a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestión moderna y rendición de cuentas, la inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración, tal como lo indica el Artículo IX: Planeación Local, de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972;

             Que, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo señala el Artículo VIII: Aplicación de leyes generales y políticas y planes nacionales, de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972;

             Que, son atribuciones de la Municipalidad: promulgar ordenanzas y disponer su publicación; someter al Concejo Municipal la aprobación del Sistema Local de Gestión Ambiental y de sus instrumentos, dentro del marco del Sistema Nacional y Regional de Gestión Ambiental; y proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal, de conformidad con el Art. 20, incisos 5, 13 Y 34, respectivamente, de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

             Que, el Artículo 25 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley Nº 28245, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales sean las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal. Promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el MINAM;

             Que, con Informe Nº 139-2010-MDLO/GSC, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, informa que es necesario crear una Comisión Ambiental Municipal del distrito de Los Olivos, que coordine acciones entre las instituciones locales y el Ministerio del Ambiente – MINAM, formule participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local, elabore propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales, promueva diversos mecanismos de participación de la sociedad civil en la gestión ambiental, entre otros;

             Que, con la constitución de la Comisión Ambiental Municipal, conformada por representantes de las organizaciones e instituciones más representativas del distrito, se inicia un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que permitirá un espacio de discusión de la problemática del distrito y particularmente de la situación ambiental;

             Que, en virtud al proceso seguido, la Municipalidad Distrital de Los Olivos, en coordinación con diversas organizaciones públicas, privadas y mixtas de la localidad, así como con la amplia participación de los actores locales vinculados a los recursos naturales y gestión ambiental, acordaron por consenso la conformación de la Comisión Ambiental Municipal para fortalecer su gestión y lograr la articulación con los procesos de gestión ambiental local, regional y nacional, de conformidad con los Art. 2 y 3 de la Ley 28245 – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, así como la Política Nacional del Ambiente aprobada con D.S. Nº 012.2009.MINAM del 26 de mayo del 2009.

             Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 1170-2010-MDLO/OAJ, acorde a los fundamentos de hecho y derecho expuestos, opina por elevar los actuados al Concejo Municipal para las acciones propias de su competencia;

             En ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9 Inciso 8 y 40 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:

 

(Solicitar el Dispositivo Legal completo a cblaskovic@ins.gob.pe)